Diferencia entre revisiones de «Negligencia»

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​Dícese del acto que se realiza con falta de cuidado o interés.
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"La negligencia es un concepto legal que se refiere a la falta de cuidado o atención debida que resulta en daño o perjuicio hacia otra persona o propiedad. En el ámbito legal, la negligencia se considera un tipo de conducta ilícita, ya que implica no cumplir con el deber de cuidado que una persona razonablemente habría tenido en circunstancias similares.
  
Se encuentra tanto en el derecho penal como en el derecho civil.
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Para establecer un caso de negligencia, generalmente se deben demostrar cuatro elementos:
  
El derecho penal diferencia el dolo de la culpa.
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Deber de cuidado: La existencia de una obligación legal o moral de actuar de manera razonable y prudente para evitar causar daño a otros.
Dolo significa que se tuvo la intención, la voluntad de cometer el delito.
 
Culpa, en derecho penal, quiere decir que no se tuvo la intención ni la voluntad de cometer el delito. Se actúa con culpa cuando se actúa por negligencia o imprudencia. Negligencia es hacer de menos. Imprudencia es hacer de más. Ambos implican no tener el cuidado necesario.
 
Negligente es quien tiene un niño pequeño y en vez de cuidarlo lo deja solo en la calle.
 
Imprudente es quien maneja a alta velocidad.
 
Los delitos pueden ser dolosos o culposos. Los delitos dolosos tienen penas mayores que los culposos.
 
  
En el derecho civil, también se habla de culpa y dolo como causa de la obligación de reparar un daño monetario.
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Incumplimiento del deber: La falta de cumplimiento de esa obligación por parte de la persona acusada de negligencia. Esto implica no actuar de manera razonable o prudente en las circunstancias dadas.
El Código Civil y Comercial de la Nación los llama factores subjetivos. Son factores subjetivos de atribución la culpa y el dolo. La culpa consiste en la omisión de la diligencia debida según la naturaleza de la obligación y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar. Comprende la imprudencia, la negligencia y la impericia en el arte o profesión. El dolo se configura por la producción de un daño de manera intencional o con manifiesta indiferencia por los intereses ajenos.
 
  
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Causalidad: La demostración de que el incumplimiento del deber de cuidado fue la causa directa o indirecta del daño sufrido por la víctima.
  
== Fuentes ==
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Daño: La existencia de daño físico, emocional o económico sufrido por la víctima como resultado del incumplimiento del deber de cuidado. " (Fuente 1)
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Existe ​Negligencia cuando una persona realiza un acto sin tener el cuidado necesario o con falta de interés.
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La negligencia se encuentra regulada tanto en el derecho penal como en el derecho civil.
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En derecho penal la negligencia se regula dentro de la culpa.
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El derecho penal diferencia la culpa del [[Dolo]].
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En derecho penal existe culpa cuando una persona no tuvo la intención ni la voluntad de realizar el delito.
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Una persona que actúa con culpa puede hacerlo por negligencia o [[Imprudencia]].
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Negligencia es hacer de menos.
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Un ejemplo de negligencia es cuando una persona tiene un niño pequeño y lo deja solo en la calle, en vez de cuidarlo.
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En derecho penal las penas de los delitos culposos son menores que las penas de los delitos dolosos.
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En el derecho civil la negligencia se regula dentro de la culpa.
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En derecho civil existe culpa cuando una persona no tiene los cuidados necesarios según las características de la obligación que tiene que hacer y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar.
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La negligencia de una persona puede generar la responsabilidad de reparar un daño.
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El Código Civil y Comercial regula la negligencia: Omisión o descuido que genera un daño. (Fuente 2)
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== Fuente 1 ==
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Derecho Fácil - SAIJ
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== Fuente 2==
 
Ley simple [http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/codigo-penal-de-la-nacion-parte-especial/]
 
Ley simple [http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/codigo-penal-de-la-nacion-parte-especial/]
  
 
Código Civil y Comercial de la Nación. ARTICULO 1724. [http://www.saij.gob.ar/26994-nacional-codigo-civil-comercial-nacion-lns0005965-2014-10-01/123456789-0abc-defg-g56-95000scanyel?&o=0&f=Total%7CFecha%7CEstado%20de%20Vigencia%5B5%2C1%5D%7CTema%5B5%2C1%5D%7COrganismo%5B5%2C1%5D%7CAutor%5B5%2C1%5D%7CJurisdicci%F3n%5B5%2C1%5D%7CTribunal%5B5%2C1%5D%7CPublicaci%F3n%5B5%2C1%5D%7CColecci%F3n%20tem%E1tica%5B5%2C1%5D%7CTipo%20de%20Documento/Legislaci%F3n/Ley/C%F3digo&t=135]
 
Código Civil y Comercial de la Nación. ARTICULO 1724. [http://www.saij.gob.ar/26994-nacional-codigo-civil-comercial-nacion-lns0005965-2014-10-01/123456789-0abc-defg-g56-95000scanyel?&o=0&f=Total%7CFecha%7CEstado%20de%20Vigencia%5B5%2C1%5D%7CTema%5B5%2C1%5D%7COrganismo%5B5%2C1%5D%7CAutor%5B5%2C1%5D%7CJurisdicci%F3n%5B5%2C1%5D%7CTribunal%5B5%2C1%5D%7CPublicaci%F3n%5B5%2C1%5D%7CColecci%F3n%20tem%E1tica%5B5%2C1%5D%7CTipo%20de%20Documento/Legislaci%F3n/Ley/C%F3digo&t=135]
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Editorial Jusbaires, 2019.
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== Referencia 2==
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Glosario Jurídico en Lenguaje Claro Infanto Juvenil – GPS de Palabras
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[[Categoría: Civil y Comercial]] [[Categoría: Penal]]

Revisión actual del 10:33 30 abr 2024

"La negligencia es un concepto legal que se refiere a la falta de cuidado o atención debida que resulta en daño o perjuicio hacia otra persona o propiedad. En el ámbito legal, la negligencia se considera un tipo de conducta ilícita, ya que implica no cumplir con el deber de cuidado que una persona razonablemente habría tenido en circunstancias similares.

Para establecer un caso de negligencia, generalmente se deben demostrar cuatro elementos:

Deber de cuidado: La existencia de una obligación legal o moral de actuar de manera razonable y prudente para evitar causar daño a otros.

Incumplimiento del deber: La falta de cumplimiento de esa obligación por parte de la persona acusada de negligencia. Esto implica no actuar de manera razonable o prudente en las circunstancias dadas.

Causalidad: La demostración de que el incumplimiento del deber de cuidado fue la causa directa o indirecta del daño sufrido por la víctima.

Daño: La existencia de daño físico, emocional o económico sufrido por la víctima como resultado del incumplimiento del deber de cuidado. " (Fuente 1)



Existe ​Negligencia cuando una persona realiza un acto sin tener el cuidado necesario o con falta de interés.

La negligencia se encuentra regulada tanto en el derecho penal como en el derecho civil.

En derecho penal la negligencia se regula dentro de la culpa. El derecho penal diferencia la culpa del Dolo. En derecho penal existe culpa cuando una persona no tuvo la intención ni la voluntad de realizar el delito.

Una persona que actúa con culpa puede hacerlo por negligencia o Imprudencia. Negligencia es hacer de menos.

Un ejemplo de negligencia es cuando una persona tiene un niño pequeño y lo deja solo en la calle, en vez de cuidarlo.

En derecho penal las penas de los delitos culposos son menores que las penas de los delitos dolosos.

En el derecho civil la negligencia se regula dentro de la culpa. En derecho civil existe culpa cuando una persona no tiene los cuidados necesarios según las características de la obligación que tiene que hacer y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar.

La negligencia de una persona puede generar la responsabilidad de reparar un daño.

El Código Civil y Comercial regula la negligencia: Omisión o descuido que genera un daño. (Fuente 2)


Fuente 1

Derecho Fácil - SAIJ

Fuente 2

Ley simple [1]

Código Civil y Comercial de la Nación. ARTICULO 1724. [2]


Editorial Jusbaires, 2019.

Referencia 2

Glosario Jurídico en Lenguaje Claro Infanto Juvenil – GPS de Palabras