Diferencia entre revisiones de «Pistola»

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Arma de puño de ánima rayada, con su recámara alineada permanentemente con el cañón. La pistola puede ser de carga tiro a tiro, de repetición o semiautomática.
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La pistola es un arma de puño de ánima rayada, con su recámara alineada permanentemente con el cañón.
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La pistola puede ser de carga tiro a tiro, de repetición o semiautomática.
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El Decreto 395/1975 Reglamentario de la Ley de Armas define a la pistola en el punto 16 del artículo 3.<ref>Decreto 395/1975 Reglamentario de la Ley de Armas[http://www.saij.gob.ar/395-nacional-decreto-reglamentario-ley-20429-sobre-armas-explosivos-dn19750000395-1975-02-20/123456789-0abc-593-0000-5791soterced?]</ref>
  
 
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[[Categoría: Forense]]

Revisión actual del 13:56 20 may 2022

La pistola es un arma de puño de ánima rayada, con su recámara alineada permanentemente con el cañón.

La pistola puede ser de carga tiro a tiro, de repetición o semiautomática.

El Decreto 395/1975 Reglamentario de la Ley de Armas define a la pistola en el punto 16 del artículo 3.[1]

Nota de alcance

Término utilizado en el ámbito de la Criminalística - Balística Forense.

Referencias

Fernández, G. J., & Haedo, E. G. (1962). Los proyectiles y sus efectos. Centro Militar.

Fuentes

Universidad FASTA

InFo-Lab
  1. Decreto 395/1975 Reglamentario de la Ley de Armas[1]