Diferencia entre revisiones de «Erga omnes»
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Revisión actual del 16:30 3 abr 2021
Erga omnes es una expresión latina que quiere decir "frente a todos" o respecto de todos.
Se utiliza en derecho cuando una regla o derecho vale frente a todas las personas.
En general, las sentencias son aplicables sólo a las partes del proceso. Pero la Corte Suprema de Justicia de la Nación o algunos Superiores tribunales provinciales han dictado, por excepción, sentencias erga omnes, o sea aplicables a todos. Ello con relación a la declaración de inconstitucionalidad de una ley o la que decide la nulidad de un acto de alcance general.4