Diferencia entre revisiones de «Bien jurídico protegido»
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*La fe pública. | *La fe pública. | ||
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+ | [[Categoría: Penal]] |
Revisión actual del 14:18 15 ene 2024
El bien jurídico protegido es aquel que el derecho penal intenta preservar, el cual puede ser dañado a través de una conducta delictiva.
En nuestro Código Penal de la Nación Argentina los bienes protegidos son:
- La vida de las personas y su integridad física.
- El honor.
- La integridad sexual.
- El estado civil.
- La libertad.
- La propiedad.
- La seguridad pública.
- El orden público.
- La seguridad de la Nación.
- Los poderes públicos y el orden constitucional.
- La administración pública.
- La fe pública.
- El orden económico y financiero.
Fuente
Código Penal [1]