Diferencia entre revisiones de «Objeción de conciencia»
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+ | Diccionario Enciclopédico de la Legislación Sanitaria[http://www.salud.gob.ar/dels/entradas/la-objecion-de-conciencia] | ||
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+ | Derecho Fácil - SAIJ | ||
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+ | [[Categoría: Constitucional]] |
Revisión actual del 11:31 9 may 2024
La objeción de conciencia es una razón o argumento de carácter ético o religioso que una persona invoca para incumplir u oponerse a disposiciones oficiales, como cumplir el servicio militar, practicar un aborto, etc.
La objeción de conciencia puede entenderse como el incumplimiento a una obligación legal, basándose en que dicho cumplimiento lesionaría sus convicciones más íntimas en materia ética, religiosa, moral o filosófica.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación -CSJN- ha definido la objeción de conciencia como el derecho a no cumplir una norma u orden de la autoridad que violente las convicciones íntimas de una persona, siempre que dicho incumplimiento no afecte significativamente los derechos de terceros ni otros aspectos del bien común (“Asociación de Testigos de Jehová c/Consejo Provincial de Educación del Neuquén s/acción de inconstitucionalidad”).
El objetivo de ejercer el derecho a la objeción de conciencia es lograr el legítimo respeto a su propia conciencia, y no la obstrucción de una norma legal.
" La objeción de conciencia es un derecho que tienen las personas para negarse a cumplir con ciertas leyes, normas o acciones que consideran contrarias a sus creencias éticas, morales o religiosas. En contextos legales, la objeción de conciencia suele aplicarse en situaciones como el servicio militar, la prestación de ciertos servicios médicos (como el aborto o la eutanasia), la participación en actividades laborales específicas, entre otros casos." (Fuente 2)
Fuentes
Diccionario Enciclopédico de la Legislación Sanitaria[1]
Fuente 2
Derecho Fácil - SAIJ