Diferencia entre revisiones de «Acción civil en el proceso penal»
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Es decir que la víctima de un delito puede intervenir como querellante o como actor civil. | Es decir que la víctima de un delito puede intervenir como querellante o como actor civil. | ||
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Glosario Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/] | Glosario Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/] | ||
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=Doctrina Relacionada= | =Doctrina Relacionada= |
Revisión actual del 12:16 2 ago 2024
En el enjuiciamiento criminal es la persona que se limita a exigir la responsabilidad civil derivada del delito.
De esta forma se le facilita a la víctima de un delito criminal o ilícito civil el logro de un resarcimiento económico sin necesidad de entablar un juicio civil posterior, además de operar en beneficio de la economía procesal.
Es decir que la víctima de un delito puede intervenir como querellante o como actor civil.
Es la acción para reclamar una indemnización o reparación por los daños o perjuicios sufridos como consecuencia de un delito.
Fuentes
Glosario Ijudicial. [1]
Fuente 2
Derecho fácil - SAIJ
Doctrina Relacionada
La acción civil en el proceso penal por CLAUDIA G. DELLA MALVA, ROBERTO A. LEMOS ARIAS - Abril de 2000 - REVISTA SUPLEMENTO DE JURISPRUDENCIA PENAL pág. 17 - LA LEY S.A.E. e I. [2]
Formas de intervención de la víctima en el proceso penal por CARLOS ALBERTO CHIARA DÍAZ - 8 de Julio de 1993 - REVISTA ZEUS Nro. 4705, pág. 2 [3]