Diferencia entre revisiones de «Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados»
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− | El Programa | + | El Programa nacional de protección a testigos e imputados lleva adelante medidas para cuidar la seguridad de las personas imputadas y los testigos que estén en una situación de peligro para su vida o integridad física o que hayan colaborado de modo fundamental en una investigación judicial de competencia federal por delitos de lesa humanidad, narcotráfico, secuestro extorsivo, terrorismo y trata de personas. |
− | + | El Programa nacional de protección a testigos e imputados también protege a las personas imputadas y testigos en causas vinculadas con delincuencia organizada o violencia institucional, si la causa judicial es importante o la investigación es de interés político criminal. | |
− | + | Un testigo o un imputado se incorpora al Programa de oficio o a pedido de la Fiscalía, el Juzgado o el Tribunal Federal a cargo de la causa donde el imputado o el testigo declaró. | |
− | La | + | La validez, la verosimilitud y la importancia del aporte de la declaración del imputado o del testigo para la investigación y juicio penal es condición fundamental para admitir a esa persona en el Programa y para su permanencia. |
+ | Se debe tener reserva y confidencialidad sobre la situación de protección y las medidas tomadas. | ||
− | + | La <ref>Ley 25.764[http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/85000-89999/87581/norma.htm]</ref> creo el Programa nacional de protección a testigos e imputados en el año 2.003. | |
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+ | El Programa nacional de protección a testigos e imputados depende de la Subsecretaría de Política Criminal del [[Ministerio de Justicia y Derechos Humanos]] de la Nación. | ||
=Fuente= | =Fuente= | ||
− | Protección | + | Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados [https://www.argentina.gob.ar/justicia/politicacriminal/Proteccion_testigos] |
Ley 25.764 [http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/85000-89999/87581/norma.htm] | Ley 25.764 [http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/85000-89999/87581/norma.htm] | ||
− | [[Categoría: Procesal Penal]] [[Categoría: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos]] | + | |
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Revisión del 15:52 13 ene 2022
El Programa nacional de protección a testigos e imputados lleva adelante medidas para cuidar la seguridad de las personas imputadas y los testigos que estén en una situación de peligro para su vida o integridad física o que hayan colaborado de modo fundamental en una investigación judicial de competencia federal por delitos de lesa humanidad, narcotráfico, secuestro extorsivo, terrorismo y trata de personas.
El Programa nacional de protección a testigos e imputados también protege a las personas imputadas y testigos en causas vinculadas con delincuencia organizada o violencia institucional, si la causa judicial es importante o la investigación es de interés político criminal.
Un testigo o un imputado se incorpora al Programa de oficio o a pedido de la Fiscalía, el Juzgado o el Tribunal Federal a cargo de la causa donde el imputado o el testigo declaró.
La validez, la verosimilitud y la importancia del aporte de la declaración del imputado o del testigo para la investigación y juicio penal es condición fundamental para admitir a esa persona en el Programa y para su permanencia. Se debe tener reserva y confidencialidad sobre la situación de protección y las medidas tomadas.
La [1] creo el Programa nacional de protección a testigos e imputados en el año 2.003.
El Programa nacional de protección a testigos e imputados depende de la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Fuente
Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados [1]
Ley 25.764 [2]