Diferencia entre revisiones de «Bien de familia»

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Se denomina así a la vivienda que se utiliza como hogar familiar y que se inscribe de esa forma en el Registro de la Propiedad Inmueble.
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El bien de familia es la vivienda que se utiliza como hogar familiar y que se inscribe de esa forma en el [[Registro de la Propiedad Inmueble]].
Al anotar una vivienda como bien de familia, queda protegida y no puede ser ejecutada por deudas posteriores a su afectación.
 
  
Se puede afectar un único bien, destinado a vivienda, y al menos uno de los beneficiarios debe habitar el inmueble.
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El objetivo es que una persona pueda conservar su casa a pesar de las deudas que tenga.
  
Se benefician el propietario, su cónyuge, su conviviente, sus padres o hijos. En defecto, los parientes más cercanos (dentro del tercer grado) que convivan con el constituyente.
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La vivienda que se anota como bien de familia queda protegida y no puede ser ejecutada por deudas posteriores a la fecha de inscripción del inmueble en el [[Registro de la Propiedad Inmueble]].
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En el [[Nuevo código civil y comercial]] de la Nación se lo llama Protección de la vivienda.
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La protección no cubre frente a deudas propias del inmueble como deudas por expensas, por impuestos, tasas o contribuciones o por deudas por alimentos que estén a cargo del propietario a favor de sus hijos.
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Se puede inscribir un solo inmueble destinado a vivienda, y el propietario o al menos uno de los beneficiarios tienen que vivir en ese inmueble.
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Los beneficiarios del bien de familia son:
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- El propietario de la vivienda.
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- El cónyuge o conviviente del propietario.
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- Los ascendientes o descendientes del propietario(padres, hijos, abuelos, nietos).
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- Los parientes colaterales del propietario dentro del tercer grado (hermanos, tíos, primos) que convivan con el propietario.
  
En el Código Civil y Comercial de la Nación se lo denomina afectación como vivienda.
 
  
 
== Fuentes ==
 
== Fuentes ==
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Ley Simple. Protección de la vivienda [https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/proteccion-de-la-vivienda]
  
 
Registro de la Propiedad Inmueble. Afectar una vivienda como bien de familia [https://www.argentina.gob.ar/afectar-una-vivienda-como-bien-de-familia]
 
Registro de la Propiedad Inmueble. Afectar una vivienda como bien de familia [https://www.argentina.gob.ar/afectar-una-vivienda-como-bien-de-familia]
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[[Categoría: Civil y Comercial]]
 
[[Categoría: Civil y Comercial]]
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[[Categoría: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos]]

Revisión actual del 14:23 23 dic 2021

El bien de familia es la vivienda que se utiliza como hogar familiar y que se inscribe de esa forma en el Registro de la Propiedad Inmueble.

El objetivo es que una persona pueda conservar su casa a pesar de las deudas que tenga.

La vivienda que se anota como bien de familia queda protegida y no puede ser ejecutada por deudas posteriores a la fecha de inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad Inmueble.

En el Nuevo código civil y comercial de la Nación se lo llama Protección de la vivienda.

La protección no cubre frente a deudas propias del inmueble como deudas por expensas, por impuestos, tasas o contribuciones o por deudas por alimentos que estén a cargo del propietario a favor de sus hijos.

Se puede inscribir un solo inmueble destinado a vivienda, y el propietario o al menos uno de los beneficiarios tienen que vivir en ese inmueble.

Los beneficiarios del bien de familia son: - El propietario de la vivienda. - El cónyuge o conviviente del propietario. - Los ascendientes o descendientes del propietario(padres, hijos, abuelos, nietos). - Los parientes colaterales del propietario dentro del tercer grado (hermanos, tíos, primos) que convivan con el propietario.


Fuentes

Ley Simple. Protección de la vivienda [1]

Registro de la Propiedad Inmueble. Afectar una vivienda como bien de familia [2]

Código Civil y Comercial de la Nación arts. 244 a 256 [3]