Diferencia entre revisiones de «Bien de dominio público»
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El destinado al uso o servicio público: tales los caminos, los ríos, las playas. | También, el privativo del Estado v afectado al bien público: entre ellos se citan las fortalezas, los museos y las minas no concedidas. | El destinado al uso o servicio público: tales los caminos, los ríos, las playas. | También, el privativo del Estado v afectado al bien público: entre ellos se citan las fortalezas, los museos y las minas no concedidas. | ||
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| + | Glosario Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/] | ||
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Revisión actual del 13:58 15 nov 2021
El destinado al uso o servicio público: tales los caminos, los ríos, las playas. | También, el privativo del Estado v afectado al bien público: entre ellos se citan las fortalezas, los museos y las minas no concedidas.
Fuente
"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura. Glosario Ijudicial. [1]