Diferencia entre revisiones de «Desarrollo sostenible»

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''Fuentes: Naciones Unidas (1987) “Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.” Resolución aprobada por la Asamblea General 42/187, el 11 de diciembre de 1987; Naciones Unidas (2005) Documento Final de la Cumbre Mundial 2005.''
 
''Fuentes: Naciones Unidas (1987) “Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.” Resolución aprobada por la Asamblea General 42/187, el 11 de diciembre de 1987; Naciones Unidas (2005) Documento Final de la Cumbre Mundial 2005.''
  
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De acuerdo con la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de las Naciones Unidas (1987) y en concordancia con lo establecido en el artículo N° 41 de la Constitución Nacional y en la Ley General del Ambiente N° 25.675, el desarrollo sostenible es aquel que satisface las necesidades actuales sin comprometer
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la capacidad de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades. Consta de tres pilares: el desarrollo económico, el desarrollo social y la protección del medio. El desarrollo sostenible trata de lograr de manera equilibrada estos tres aspectos.
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ACUMAR [https://www.acumar.gob.ar/materiales/glosario-ambiental/]
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[[ Categoría: Medio Ambiente ]]

Revisión actual del 17:28 2 nov 2021

Desarrollo sostenible es aquel que garantiza las necesidades del presente sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. El Documento Final de la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas en 2005, hace referencia a los tres componentes del desarrollo sostenible –desarrollo económico, desarrollo social y protección del medio ambiente– como “pilares interdependientes que se refuerzan mutuamente.” Fuentes: Naciones Unidas (1987) “Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.” Resolución aprobada por la Asamblea General 42/187, el 11 de diciembre de 1987; Naciones Unidas (2005) Documento Final de la Cumbre Mundial 2005.


De acuerdo con la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de las Naciones Unidas (1987) y en concordancia con lo establecido en el artículo N° 41 de la Constitución Nacional y en la Ley General del Ambiente N° 25.675, el desarrollo sostenible es aquel que satisface las necesidades actuales sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades. Consta de tres pilares: el desarrollo económico, el desarrollo social y la protección del medio. El desarrollo sostenible trata de lograr de manera equilibrada estos tres aspectos.


FUENTE

ACUMAR [1]