Diferencia entre revisiones de «Acceso a la información pública»
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El derecho de acceso a la información pública es el derecho a: | El derecho de acceso a la información pública es el derecho a: | ||
− | + | *Buscar y acceder a información pública. | |
− | + | *Pedir y que te den información pública. | |
− | + | *Analizar la información pública. | |
− | + | *Volver a procesar la información pública. | |
− | + | *Darle otro uso a la información pública. | |
− | + | *Distribuir la información pública. | |
El acceso a la información pública sirve para: | El acceso a la información pública sirve para: | ||
− | + | *Tener más datos para participar en la vida de la sociedad. | |
− | + | *Incidir en la toma de decisiones públicas. | |
− | + | *Controlar al gobierno. | |
− | + | *Generar más transparencia. | |
− | + | *Reducir la corrupción. | |
− | + | *Mejorar la calidad de las instituciones. | |
− | + | *Lograr que la información circule entre todos. | |
Información pública son todos los datos que generan, obtienen, transforman, controlan o cuidan los organismos del Estado y empresas indicados en la ley. | Información pública son todos los datos que generan, obtienen, transforman, controlan o cuidan los organismos del Estado y empresas indicados en la ley. | ||
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+ | ''Es un derecho consagrado en la Constitución Nacional y consiste en que toda persona pueda acceder | ||
+ | libremente a la información pública. Es un derecho esencial para monitorear la gestión, promover la | ||
+ | transparencia de las instituciones públicas y el sistema democrático, y para fomentar la participación de la comunidad en los asuntos públicos y en la toma de decisiones. Para ACUMAR, garantizar este derecho es una prioridad y para ello la ciudadanía puede realizar una solicitud de información pública de manera personal o través de la página web del organismo. Los pedidos vinculados a cuestiones ambientales se enmarcan en la Ley N° 25.831 que regula el libre acceso a la información pública ambiental. Aquellas solicitudes relativas a temas que exceden lo ambiental se efectúan conforme a la Ley N° 27.275, que garantiza y regula el derecho de toda persona a requerir, consultar y recibir información por parte de los organismos públicos.'' Fuente 2 | ||
== Fuente == | == Fuente == | ||
− | + | Ley Simple [http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/derecho-de-acceso-la-informacion-publica/] | |
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+ | == Fuente 2 == | ||
+ | Glosario ambiental ACUMAR [https://www.acumar.gob.ar/materiales/glosario-ambiental/] | ||
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+ | [[Categoría: De la Comunicación]] [[Categoría: Administrativo]] |
Revisión actual del 15:28 5 oct 2021
El derecho de acceso a la información pública es el derecho a:
- Buscar y acceder a información pública.
- Pedir y que te den información pública.
- Analizar la información pública.
- Volver a procesar la información pública.
- Darle otro uso a la información pública.
- Distribuir la información pública.
El acceso a la información pública sirve para:
- Tener más datos para participar en la vida de la sociedad.
- Incidir en la toma de decisiones públicas.
- Controlar al gobierno.
- Generar más transparencia.
- Reducir la corrupción.
- Mejorar la calidad de las instituciones.
- Lograr que la información circule entre todos.
Información pública son todos los datos que generan, obtienen, transforman, controlan o cuidan los organismos del Estado y empresas indicados en la ley.
Es un derecho consagrado en la Constitución Nacional y consiste en que toda persona pueda acceder
libremente a la información pública. Es un derecho esencial para monitorear la gestión, promover la
transparencia de las instituciones públicas y el sistema democrático, y para fomentar la participación de la comunidad en los asuntos públicos y en la toma de decisiones. Para ACUMAR, garantizar este derecho es una prioridad y para ello la ciudadanía puede realizar una solicitud de información pública de manera personal o través de la página web del organismo. Los pedidos vinculados a cuestiones ambientales se enmarcan en la Ley N° 25.831 que regula el libre acceso a la información pública ambiental. Aquellas solicitudes relativas a temas que exceden lo ambiental se efectúan conforme a la Ley N° 27.275, que garantiza y regula el derecho de toda persona a requerir, consultar y recibir información por parte de los organismos públicos. Fuente 2
Fuente
Ley Simple [1]
Fuente 2
Glosario ambiental ACUMAR [2]