Diferencia entre revisiones de «Servicio militar»
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Obligación que se impone a todos los varones aptos físicamente, al alcanzar la edad determinada por ley, para formar parte transitoria de las fuerzas armadas de la nación, en los escalones inferiores jerárquicamente, en tiempo de paz o en el de guerra, para contribuir a la defensa del país, servir sus planes de expansión o conquista, o constituir elementos de primera actuación en caso de súbito conflicto armado. | Obligación que se impone a todos los varones aptos físicamente, al alcanzar la edad determinada por ley, para formar parte transitoria de las fuerzas armadas de la nación, en los escalones inferiores jerárquicamente, en tiempo de paz o en el de guerra, para contribuir a la defensa del país, servir sus planes de expansión o conquista, o constituir elementos de primera actuación en caso de súbito conflicto armado. | ||
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+ | Legislatura de la provincia de la Rioja | ||
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Revisión actual del 12:04 30 sep 2021
Obligación que se impone a todos los varones aptos físicamente, al alcanzar la edad determinada por ley, para formar parte transitoria de las fuerzas armadas de la nación, en los escalones inferiores jerárquicamente, en tiempo de paz o en el de guerra, para contribuir a la defensa del país, servir sus planes de expansión o conquista, o constituir elementos de primera actuación en caso de súbito conflicto armado.
Referencia
Diccionario Jurídico Elemental [1]
Fuente
Legislatura de la provincia de la Rioja