Diferencia entre revisiones de «Gestión de intereses»

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Revisión del 13:35 2 ago 2021

Se entiende por Gestión de Intereses, toda actividad desarrollada —en modalidad de audiencia— por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, por sí o en representación de terceros —con o sin fines de lucro— cuyo objeto consista en influir en el ejercicio de cualquiera de las funciones o decisiones de los organismos, entidades, empresas, sociedades, dependencias y de todo otro ente que funcione bajo la jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional.

Fuente

Decreto 1172/2003 Anexo III [1]