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Acto o acción de dar (v.), sólo en términos jurídicos. | Entrega real y efectiva de algo.
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Acción de dar, sólo en términos jurídicos. Entrega real y efectiva de algo.
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==Referencias==
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"Glosario  Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.
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==Fuentes==
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Glosario  Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/]
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[[Categoría: Civil y Comercial]]

Revisión actual del 08:49 28 sep 2020

Acción de dar, sólo en términos jurídicos. Entrega real y efectiva de algo.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]