Diferencia entre revisiones de «Carga procesal»
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(Página creada con «En los juicios contradictorios la obligación de probar lo alegado, que corresponde a la parte que afirma, en virtud del principio latino: Actori incumbit onus probandi (al...») |
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Revisión del 08:34 12 ago 2020
Obligación que, dentro de la marcha del proceso, corresponde a cada una de las partes; por ejemplo, la que se refiere al impulso procesal. Entre esas cargas puede decirse que la principal es la que afecta a la prueba, y, en virtud de ella, la persona que alega ante la justicia un hecho o reclama un derecho, ha de probar la realidad de aquél o la procedencia de éste.