Diferencia entre revisiones de «Defensor del pueblo»
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Revisión del 15:54 14 mar 2017
El Defensor del Pueblo u Ombudsman es un órgano control incorporado a la Constitución Nacional (art. 86) en la reforma del año 1994. Tiene autonomía funcional y política, y ejerce sus funciones sin recibir instrucciones de ningunea autoridad. El cargo es desempeñado por un ciudadano designado y removido por el Congreso en la Nación y por la legislatura en la Provincia de Buenos Aires.
La constitucional nacional le encomienda la defensa de los derechos, garantías e intereses tutelados por ella y las demás leyes.Su cometido lo cumple frente a actos, hechos u omisiones de la Administración Publica, las fuerzas de seguridad, los entes descentralizados, el control de las funciones administrativas publicas.
Fuentes
Derechos y Obligaciones de los jóvenes. Fabian Yayat.