Diferencia entre revisiones de «Defensor del pueblo»
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Revisión del 15:03 4 jun 2018
El Defensor del Pueblo u Ombudsman es un órgano de control incorporado a la Constitución Nacional (art. 86) en la reforma del año 1994. Tiene autonomía funcional y política y ejerce sus funciones sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. El cargo es desempeñado por un ciudadano designado y removido por el Congreso de la Nación.
Su misión es defender los derechos, garantías e intereses de los ciudadanos frente a actos, hechos u omisiones de la Administración Publica, las fuerzas de seguridad, los entes descentralizados y controlar las funciones administrativas publicas.
Fuentes
Derechos y Obligaciones de los jóvenes. Fabian Yayat. Constitución Nacional, art 86