Diferencia entre revisiones de «Recurso de alzada»
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+ | Recurso administrativo que el ordenamiento reconoce al particular afectado por un acto definitivo emitido por el órgano superior de una entidad descentralizada, con el objeto de que un órgano perteneciente a la administración central revise la legalidad del acto y, en su caso, lo anule en sede administrativa por resultar contrario a Derecho. Se trata del remedio por medio del cual, a instancia de la parte agraviada, la administración central ejerce el denominado “control de tutela” sobre la actuación de la administración descentralizada, con fundamento en el principio de la unidad estatal. |
Revisión del 20:35 10 sep 2017
Recurso administrativo que la ley concede a los particulares frente a resoluciones administrativas del funcionario de rango inferior. Sinónimo procesal de “apelación”.
Fuentes
Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.
Referencias
Poder Judicial de Salta [1]
Recurso administrativo que el ordenamiento reconoce al particular afectado por un acto definitivo emitido por el órgano superior de una entidad descentralizada, con el objeto de que un órgano perteneciente a la administración central revise la legalidad del acto y, en su caso, lo anule en sede administrativa por resultar contrario a Derecho. Se trata del remedio por medio del cual, a instancia de la parte agraviada, la administración central ejerce el denominado “control de tutela” sobre la actuación de la administración descentralizada, con fundamento en el principio de la unidad estatal.