Diferencia entre revisiones de «Presunción»

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​Razonamiento que admite como verdadero lo que no es más que probable.
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Una presunción es un razonamiento que admite como verdadero o real un enunciado a partir de indicios, pero sin tener la certeza completa.
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" La "presunción" es un concepto legal que se refiere a la inferencia o suposición que se hace sobre un hecho, situación o estado de cosas basada en ciertos hechos o evidencias conocidas. En términos más simples, es una conclusión que se adopta como cierta a menos que se demuestre lo contrario.
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Hay varios tipos de presunciones en el ámbito legal:
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Presunción de hecho: Se refiere a una inferencia que la ley establece como válida, a menos que se demuestre lo contrario. Por ejemplo, la presunción de que una persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad es una presunción de hecho en el derecho penal.
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Presunción de derecho: También conocida como presunción legal, es una conclusión que la ley establece como definitiva, sin posibilidad de prueba en contrario. Por ejemplo, la presunción de que una persona menor de edad no tiene capacidad legal para firmar contratos es una presunción de derecho en muchos sistemas legales.
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Presunción iuris tantum: Es una presunción que puede ser refutada por prueba en contrario. Esto significa que la presunción se acepta como válida a menos que se presente evidencia que demuestre lo contrario." (fuente 2)
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== Fuentes ==
 
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''Diccionario Jurídico. Compilación de significados y usos de términos jurídicos.'' Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
 
''Diccionario Jurídico. Compilación de significados y usos de términos jurídicos.'' Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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== Fuente 2 ==
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Derecho Facil - SAIJ
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== Referencias ==
 
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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [http://www.buenosaires.gob.ar/justiciayseguridad/diccionario-juridido#A]
 
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [http://www.buenosaires.gob.ar/justiciayseguridad/diccionario-juridido#A]
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[[Categoría: Civil y Comercial]] [[Categoría: Penal]]

Revisión actual del 15:01 5 jul 2024

Una presunción es un razonamiento que admite como verdadero o real un enunciado a partir de indicios, pero sin tener la certeza completa.


" La "presunción" es un concepto legal que se refiere a la inferencia o suposición que se hace sobre un hecho, situación o estado de cosas basada en ciertos hechos o evidencias conocidas. En términos más simples, es una conclusión que se adopta como cierta a menos que se demuestre lo contrario.

Hay varios tipos de presunciones en el ámbito legal:

Presunción de hecho: Se refiere a una inferencia que la ley establece como válida, a menos que se demuestre lo contrario. Por ejemplo, la presunción de que una persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad es una presunción de hecho en el derecho penal.

Presunción de derecho: También conocida como presunción legal, es una conclusión que la ley establece como definitiva, sin posibilidad de prueba en contrario. Por ejemplo, la presunción de que una persona menor de edad no tiene capacidad legal para firmar contratos es una presunción de derecho en muchos sistemas legales.

Presunción iuris tantum: Es una presunción que puede ser refutada por prueba en contrario. Esto significa que la presunción se acepta como válida a menos que se presente evidencia que demuestre lo contrario." (fuente 2)


Fuentes

Diccionario Jurídico. Compilación de significados y usos de términos jurídicos. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Fuente 2

Derecho Facil - SAIJ



Referencias

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [1]