Diferencia entre revisiones de «Notificación por edictos»
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+ | "Una notificación por edictos es un tipo de notificación judicial que se utiliza cuando no se puede localizar a una parte interesada en un proceso legal o cuando se desconoce su domicilio. En lugar de entregar personalmente la notificación a la persona o entidad involucrada, se publica en un medio oficial designado por la ley, como un periódico de circulación local o un boletín oficial. | ||
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+ | Los edictos son avisos formales que contienen información sobre el proceso legal en cuestión, como el nombre de las partes, la naturaleza del caso, la fecha y hora de la audiencia, y cualquier otro detalle relevante. Estos avisos suelen publicarse durante un período de tiempo especificado por la ley, con el fin de dar a las partes interesadas la oportunidad de enterarse del proceso judicial y de participar en él." (Fuente 2) | ||
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+ | "Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura. | ||
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+ | Glosario Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/] | ||
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+ | == Fuente 2== | ||
+ | Derecho Fácil - SAIJ | ||
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+ | [[Categoría: Procesal Civil y Comercial]] |
Revisión actual del 10:32 6 may 2024
La que se efectúa mediante la publicación, en un órgano de publicidad escrita, de la resolución del juez o tribunal. Esta clase de notificaciones se utiliza cuando no es conocida la persona o se ignora su domicilio.
"Una notificación por edictos es un tipo de notificación judicial que se utiliza cuando no se puede localizar a una parte interesada en un proceso legal o cuando se desconoce su domicilio. En lugar de entregar personalmente la notificación a la persona o entidad involucrada, se publica en un medio oficial designado por la ley, como un periódico de circulación local o un boletín oficial.
Los edictos son avisos formales que contienen información sobre el proceso legal en cuestión, como el nombre de las partes, la naturaleza del caso, la fecha y hora de la audiencia, y cualquier otro detalle relevante. Estos avisos suelen publicarse durante un período de tiempo especificado por la ley, con el fin de dar a las partes interesadas la oportunidad de enterarse del proceso judicial y de participar en él." (Fuente 2)
Referencias
"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.
Fuentes
Glosario Ijudicial. [1]
Fuente 2
Derecho Fácil - SAIJ