Diferencia entre revisiones de «Abogado del niño»
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“Glosario de términos referidos al Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 2016”. Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Dirección de Políticas Públicas e Investigación. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | “Glosario de términos referidos al Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 2016”. Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Dirección de Políticas Públicas e Investigación. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | ||
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Dirección de Políticas Públicas e Investigación. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. [http://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/glosario_siproid_ed2016_final_0.pdf] | Dirección de Políticas Públicas e Investigación. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. [http://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/glosario_siproid_ed2016_final_0.pdf] |
Revisión actual del 16:08 3 may 2024
El Abogado del Niño se relaciona con el derecho del niño, niña o adolescente a ser oído y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta en todas las cuestiones que lo involucren o afecten en sede judicial, administrativa, escolar o familiar, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño (1989).
Es el abogado que representa y protege los intereses de un niño en procesos legales donde el niño es parte.
Fuentes
“Glosario de términos referidos al Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 2016”. Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Dirección de Políticas Públicas e Investigación. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fuente 2
Derecho fácil - SAIJ
Referencias
Dirección de Políticas Públicas e Investigación. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. [1]