Diferencia entre revisiones de «Conexidad»
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"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura. | "Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura. | ||
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Glosario Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/] | Glosario Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/] | ||
Revisión del 16:15 16 abr 2024
Se declara respecto de dos causas que se encuentran ligadas porque poseen el mismo sujeto u objeto procesal.
La conexidad implica la relación o interconexión entre diferentes aspectos de un caso o situación legal que influyen en su manejo o resolución (ver Fuente 2)
Referencias
"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.
Fuente
Glosario Ijudicial. [1]
Fuente 2
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