Diferencia entre revisiones de «Término perentorio»
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| − | + | Perentorio es un adjetivo que permite nombrar al último plazo que se concede, o a la resolución final respecto a un asunto. | |
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Revisión del 13:54 1 jun 2017
Perentorio es un adjetivo que permite nombrar al último plazo que se concede, o a la resolución final respecto a un asunto. Es aquel plazo cuyo mero vencimiento provoca automáticamente la caducidad de la facultad procesal otorgada. Por ende todo plazo perentorio es improrrogable.