Diferencia entre revisiones de «Matrimonios ilegales»
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(Página creada con «Este enlace conyugal representa una acción delictiva, configurada por el hecho de su celebración a sabiendas de la existencia de una causa impediente, o por el de engaña...») |
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+ | El Código Penal de la Nación regula el matrimonio ilegal en los artículos 134 a 137. | ||
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== Referencias == | == Referencias == | ||
− | [ | + | Código Penal de la Nación Argentina [https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-11179-16546/actualizacion] |
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Revisión actual del 13:11 15 ene 2024
El matrimonio ilegal es la unión conyugal o matrimonial que configura un delito pues:
- se realiza conociendo que existía una causa que lo impide
- se realiza engañando a una persona simulando matrimonio con ella
- el oficial público autoriza un matrimonio sabiendo que hay una causa que lo impide o que se está engañando una persona
- se realiza el matrimonio sin cumplir todas las formalidades que la ley exige
- el representante legítimo de un menor de 18 años autoriza el matrimonio del menor cuando esa unión no tiene valor por la edad
En cuanto a los efectos, los matrimonios ilegales pueden generar diferentes efectos:
- Pueden ser válidos y tener valor
- Pueden generar una sanción civil o penal.
- Pueden convalidarse; por ejemplo, si la persona raptada contra su voluntad y casada bajo amenaza, luego recobra su libertad y ratifica el matrimonio.
El Código Penal de la Nación regula el matrimonio ilegal en los artículos 134 a 137.
Referencias
Código Penal de la Nación Argentina [1]