Diferencia entre revisiones de «Régimen de Aduana en Factoría»
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Sistema que permite a los establecimientos industriales radicados en el país ingresar mercaderías de origen extranjero. Quedan bajo un régimen similar al de depósito de almacenamiento, pero se admite la transformación de la mercadería. Hasta tanto no se formalice la operación comercial que defina el destino dado a la mercadería, no se generan las obligaciones tributarias. La destinación suspensiva que admite el RAF, concluye con la exportación definitiva con transformación, reexportación sin transformación o importación para consumo de las mercaderías ingresadas. | Sistema que permite a los establecimientos industriales radicados en el país ingresar mercaderías de origen extranjero. Quedan bajo un régimen similar al de depósito de almacenamiento, pero se admite la transformación de la mercadería. Hasta tanto no se formalice la operación comercial que defina el destino dado a la mercadería, no se generan las obligaciones tributarias. La destinación suspensiva que admite el RAF, concluye con la exportación definitiva con transformación, reexportación sin transformación o importación para consumo de las mercaderías ingresadas. | ||
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+ | Glosario de la Administración Federal de Ingresos Públicos [[https://www.afip.gob.ar/glosario/]] |
Revisión actual del 13:39 19 may 2022
Sistema que permite a los establecimientos industriales radicados en el país ingresar mercaderías de origen extranjero. Quedan bajo un régimen similar al de depósito de almacenamiento, pero se admite la transformación de la mercadería. Hasta tanto no se formalice la operación comercial que defina el destino dado a la mercadería, no se generan las obligaciones tributarias. La destinación suspensiva que admite el RAF, concluye con la exportación definitiva con transformación, reexportación sin transformación o importación para consumo de las mercaderías ingresadas.
Fuente
Glosario de la Administración Federal de Ingresos Públicos [[1]]