Diferencia entre revisiones de «Contrabando»
Línea 1: | Línea 1: | ||
Es el ingreso o el egreso del país de mercadería prohibida o realizado sin respetar los controles correspondientes. | Es el ingreso o el egreso del país de mercadería prohibida o realizado sin respetar los controles correspondientes. | ||
+ | Es cualquier acto u omisión para impedir o dificultar, mediante ardid o engaño, el adecuado ejercicio de las funciones que las leyes acuerdan al servicio aduanero para el control sobre las importaciones y las exportaciones. | ||
+ | |||
+ | ''El contrabando es la acción ilegal de importar o exportar bienes de manera clandestina, evitando los controles aduaneros y el pago de los impuestos correspondientes. Esta actividad suele realizarse para eludir las regulaciones comerciales, los aranceles y otros gravámenes que se imponen sobre la importación o exportación de mercancías (ver fuente 2)'' | ||
− | |||
==Referencia== | ==Referencia== | ||
Línea 7: | Línea 9: | ||
[http://www.saij.gob.ar/22415-nacional-codigo-aduanero-lns0002805-1981-03-02/123456789-0abc-defg-g50-82000scanyel?&o=21&f=Total%7CFecha%7CEstado%20de%20Vigencia/Vigente%2C%20de%20alcance%20general%7CTema%5B25%2C1%5D%7COrganismo%5B5%2C1%5D%7CAutor%5B5%2C1%5D%7CJurisdicci%F3n%5B5%2C1%5D%7CTribunal%5B5%2C1%5D%7CPublicaci%F3n%5B5%2C1%5D%7CColecci%F3n%20tem%E1tica%5B5%2C1%5D%7CTipo%20de%20Documento/Legislaci%F3n/Ley/C%F3digo&t=99] | [http://www.saij.gob.ar/22415-nacional-codigo-aduanero-lns0002805-1981-03-02/123456789-0abc-defg-g50-82000scanyel?&o=21&f=Total%7CFecha%7CEstado%20de%20Vigencia/Vigente%2C%20de%20alcance%20general%7CTema%5B25%2C1%5D%7COrganismo%5B5%2C1%5D%7CAutor%5B5%2C1%5D%7CJurisdicci%F3n%5B5%2C1%5D%7CTribunal%5B5%2C1%5D%7CPublicaci%F3n%5B5%2C1%5D%7CColecci%F3n%20tem%E1tica%5B5%2C1%5D%7CTipo%20de%20Documento/Legislaci%F3n/Ley/C%F3digo&t=99] | ||
+ | |||
+ | ==Fuente 2== | ||
+ | Derecho Fácil 2 -SAIJ - | ||
[[Categoría: Aduanero]] | [[Categoría: Aduanero]] | ||
[[Categoría: Penal]] | [[Categoría: Penal]] |
Revisión actual del 15:16 24 abr 2024
Es el ingreso o el egreso del país de mercadería prohibida o realizado sin respetar los controles correspondientes. Es cualquier acto u omisión para impedir o dificultar, mediante ardid o engaño, el adecuado ejercicio de las funciones que las leyes acuerdan al servicio aduanero para el control sobre las importaciones y las exportaciones.
El contrabando es la acción ilegal de importar o exportar bienes de manera clandestina, evitando los controles aduaneros y el pago de los impuestos correspondientes. Esta actividad suele realizarse para eludir las regulaciones comerciales, los aranceles y otros gravámenes que se imponen sobre la importación o exportación de mercancías (ver fuente 2)
Referencia
Código Aduanero artículo 863 y ss.
Fuente 2
Derecho Fácil 2 -SAIJ -