Reglamentación de derechos constitucionales

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La Constitución Nacional establece en su artículo 28 que los principios, garantías y derechos constitucionales no pueden ser modificados por las leyes que establecen cómo ejercerlos.

Hay derechos y garantías constitucionales que necesitan leyes que expliquen cómo ejercerlos, lo que establece la C.N. es que esas leyes con el pretexto de reglamentarlos, no pueden modificarlos.