Rebeldía
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La rebeldía es la situación procesal de la parte del proceso que ha sido notificada y no se presenta en el proceso.[1]
El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación regula la rebeldía desde su artículo 59.[1]
Referencias
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [1]
Fuentes
Diccionario Jurídico. Compilación de significados y usos de términos jurídicos. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.[1]- Volver arriba ↑ Ley 17.454 - Código Procesal Civil y Comercial de la Nación[2]